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Mendoza, sede de la 107ª reunión plenaria del Consejo Federal del Trabajo


El jueves 18 y viernes 19 de octubre se realizará en Mendoza la 107ª reunión plenaria del Consejo Federal del Trabajo, organizado por los ministerios Gobierno, Trabajo y Justicia, de Producción y Trabajo de la Nación y por el Consejo Federal del Trabajo.

Mendoza recibirá el jueves 18 y viernes 19 a todos los representantes de las carteras laborales de las provincias, como también a funcionarios nacionales, con el objetivo de trabajar conjuntamente  en políticas de empleo.

El jueves 18, a las 16.30, comenzará el trabajo en comisiones  en el Hotel Intercontinental. Los temas serán: Normas provinciales de adhesión a la ley de Riesgo, Trabajadores migrantes y comités de fronteras, y Trabajadores temporarios

Posteriormente, el viernes 19, las reuniones se llevarán a cabo en la bodega Caro y estarán divididas en cinco bloques, enfocados en temas como: Trabajo; Superintendencia de Riesgos del trabajo; Promoción, protección y cambio tecnológico; Organización Internacional del Trabajo y la lectura de las conclusiones correspondientes.

Funciones del Consejo Federal del Trabajo

Impulsar las políticas generales en la materia bajo los principios de coordinación, cooperación, coparticipación y corresponsabilidad entre las administraciones del trabajo, procurando la mayor eficacia de la actividad gubernamental y de los actores sociales en las distintas jurisdicciones y competencias.

Recabar información, prestar y recibir asesoramiento y formular propuestas ante los cuerpos legislativos y organismos administrativos, nacionales o provinciales, en materia de su competencia o interés.

Vincularse con organismos internacionales por intermedio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y participar en eventos que se realicen en el exterior.

Fortalecer las administraciones del trabajo, especialmente su equipamiento y capacitación profesional, pudiendo requerir para ello la asistencia de sus propios miembros o de organismos públicos o privados, del país o del exterior.

Ejercer las funciones de autoridad central de la inspección del trabajo, prevista en los convenios 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo.

Efectuar o encomendar estudios e investigaciones de interés común, asegurando además un completo, regular y actualizado intercambio de documentación oficial, informes, estadísticas y publicaciones entre sus miembros.

Participar en el diseño de los programas de promoción del empleo y de capacitación laboral y proponer criterios para su financiamiento, procurando su adecuación a las necesidades regionales, evitando tanto exclusiones como superposiciones con programas de otras áreas.

Realizar las demás actividades necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.