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Multas por derroche de agua potable: nueva normativa y montos


Profundizando las medidas tendientes a mitigar la Emergencia Hídrica provincial decretada por el Gobierno, el Ente Provincial del Agua y el Saneamiento (EPAS), reglamentó los cambios en la normativa de uso responsable del agua potable, previo análisis integral de la problemática y entendiendo las multas por derroche como medidas complementarias al cambio cultural que necesariamente deben protagonizar los mendocinos con relación a un recurso natural crítico y a la vez imprescindible.

Se mantiene el horario de prohibición de riego de jardines de 8 a 22 hs durante la temporada estival. Se unifican los criterios de usos prohibidos todo el añoy restringidos entre en 1º de setiembre y el 31 de marzo. Todos los prestadores de agua potable de la provincia (Aguas Mendocinas, cooperativas, unionesvecinales, municipios y otros) deben adecuarse a la Resolución de EPAS Nº 95/10 que impone multas desde $160 (ciento sesenta pesos) a los usuarios infractores. (ver cuadro adjunto)

Por otra parte, y dado que no sólo los usuarios deben ser cuidadosos con el derroche sino también los responsables de prestar el servicio, el artículo 1ºde la nueva Resolución EPAS ordena a los operadores tomar las medidas técnicas para evitar fugas en sus sistemas de producción y distribución de agua potable y presentar en 30 días al ente regulador un plan de detección y control de las mismas así como de detección y anulación de conexiones clandestinas.

También autoriza a los operadores a realizar convenios con municipios u otros entes estatales a fin de convenir formalmente el aporte de inspectores que trabajen en la vigilancia del buen uso del agua potable.